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Programa específico de investigación y desarrollo tecnológico (Euratom) en el campo del cierre definitivo de instalaciones nucleares, 1989-1993

 
Parte del Programa Marco de investigación y desarrollo tecnológico (1987-1991) de conformidad con la subactividad 5.1. ("Fisión: seguridad nuclear"), este tercer programa, al igual que su predecesor (1984-1988), se compone de tres secciones. La tercera sección ha sido ampliada para permitir a la Comunidad participar de lleno en varios proyectos piloto que se realizan en diferentes Estados miembros.
Investigar el desarrollo de un sistema para la gestión de las instalaciones nucleares que se han cerrado definitivamente y para la eliminación de los residuos radiactivos generados por el proceso de desmantelamiento y promover un consenso sobre la política comunitaria en el ámbito del cierre de instalaciones nucleares.
Tres áreas:

- Proyectos de investigación y desarrollo:
integridad a largo plazo de edificios y sistemas, descontaminación previa a cierres definitivos, técnicas de desmantelamiento, tratamiento de residuos específicos y cálculo de la cantidad de residuos radiactivos;

Identificación de los principios rectores del diseño, operación y cierre definitivo de las instalaciones nucleares con vistas a definir los elementos técnicos de una política comunitaria en este campo;

- Comprobación de nuevas técnicas en condiciones reales:
la Comisión promueve el uso de técnicas avanzadas y la realización de estudios paralelos mediante la implementación de proyectos pilotos y pruebas alternativas y mediante el traslado temporal de personal.
La Comisión, asistida por el comité consultivo de gestión y coordinación (CGC) en el campo de la energía nuclear de fisión (ciclo de combustibles/procesamiento y almacenamiento de residuos), se encarga de aplicar este programa mediante contratos de investigación de gastos compartidos, contratos de estudio, proyectos de coordinación y becas de formación y movilidad.

La Comisión distribuye, junto con una invitación a participar, paquetes informativos en todas las lenguas oficiales de la Comunidad con el fin de garantizar una política de igualdad de oportunidades para las empresas, las universidades y los centros de investigación en los Estados miembros. Se conceden contratos y becas, cuando procede, tras un proceso de selección basado en convocatorias de propuestas y se insta a las PYME a participar.

Los proyectos de investigación de gastos compartidos serán llevados a cabo normalmente por participantes procedentes de más de un Estado miembro. La Comunidad puede asumir hasta un 50% del coste total o, en aquellos casos en los que universidades o institutos de investigación participen, hasta un 100% de los costes marginales.

Cuando existe la posibilidad de una cooperación a gran escala en la que participan diferentes Estados miembros, la Comunidad puede participar mediante contratos de gastos compartidos en partes específicas de los proyectos y organizar, a través de acciones concertadas, el intercambio de información sobre las partes restantes. Este punto se aplica especialmente proyectos piloto de desmantelamiento seleccionados. Se fomenta el traslado temporal de personal de investigación, cuando sea posible, de todos los Estados miembros a estos proyectos.

La Comisión tiene derecho a negociar acuerdos o contratos con Estados no miembros, organizaciones internacionales o ciudadanos de Estados no miembros, con vistas a permitir su colaboración en el programa.

Los contratos celebrados por la Comisión rigen los derechos y obligaciones de cada parte, en particular los acuerdos para la difusión, la protección y la explotación de los resultados de la investigación. La información resultante de la implementación de las actividades de gastos compartidos se pone a disposición de todos los Estados miembros de manera equitativa. Las licencias y/o otros derechos desarrollados en el marco del programa están sujetos a las condiciones contractuales normales de la Comunidad.

Durante el tercer año de implementación la Comisión someterá el programa a revisión y presentará un informe al Parlamento Europeo, al Consejo y al Comité Económico y Social, junto con una propuesta (en caso necesario) de modificación o prolongación. Posteriormente se presentará al Parlamento Europeo y al Consejo una evaluación final de los resultados alcanzados.