Apoyo a la coordinación de las actividades - programa específico para fortalecer las bases del Espacio Europeo de Investigación en el Sexto Programa Marco 2002-2006 (VIPM)
Las actividades en cuestión habrán de ser programas o partes de programas, instrumentos, planes u otras iniciativas de ámbito nacional o regional que impliquen la utilización de financiación pública para respaldar la realización de tareas de IDT, el desarrollo de capacidades de investigación y el fomento de la innovación. Su realización podrá estar directamente en manos de los poderes públicos o de centros de investigación de ámbito nacional o regional, o hacerse a través de estructuras europeas de cooperación, en particular el programa de colaboración EUROCORES de la Fundación Europea de la Ciencia.
El objetivo que se persigue es fomentar y respaldar las iniciativas emprendidas por varios países, en ámbitos de interés estratégico común (como la salud, la biotecnología, el medio ambiente y la energía), con objeto de establecer una sinergia entre sus actividades respectivas, mediante la coordinación de su realización. Se trata también de incrementar la complementariedad y sinergia entre las acciones comunitarias emprendidas en virtud del Programa Marco y las acciones de otras organizaciones europeas de cooperación científica, así como entre las acciones de dichas organizaciones.
Apoyo a la coordinación de las actividades
_ Coordinación de las actividades nacionales
El objetivo que se persigue es fomentar y respaldar las iniciativas emprendidas por varios países, en ámbitos de interés estratégico común, con objeto de establecer una sinergia entre sus actividades respectivas.
Los esfuerzos para promover las actividades de coordinación se desarrollarán en todo el campo de la ciencia y la tecnología, incluidos los campos y las disciplinas siguientes:
- Salud% salud de grupos de población clave; enfermedades y trastornos importantes, enfermedades raras o enfermedades importantes relacionadas con la pobreza en los países en desarrollo; las actividades correspondientes se llevarán a cabo, por ejemplo, mediante la coordinación de la investigación y estudios comparativos, el desarrollo de bases de datos europeas y de redes interdisciplinarias, el intercambio de prácticas clínicas y la coordinación de ensayos clínicos.
- biotecnología
aplicaciones sin relación con la salud ni con la alimentación.
- medio ambiente
medio ambiente urbano (incluido el desarrollo urbano sostenible y el patrimonio cultural, comprendidos, por ejemplo, los conceptos de "ecositios"); medio ambiente marino y gestión de tierras y suelos; riesgo sísmico.
- energía
nuevas instalaciones de generación ("emisiones cercanas a cero"), almacenamiento, transporte y distribución de energía.
La Comunidad respaldará:
- la coordinación de actividades independientes, incluida su apertura mutua;
- la preparación y gestión de actividades conjuntas o comunes.
Con este fin, la Comunidad:
- Financiará las propuestas que resulten seleccionadas en el marco de una convocatoria abierta de propuestas (dos evaluaciones por año). En la evaluación de las propuestas se tendrán particularmente en cuenta los siguientes aspectos: alcance de los recursos movilizados, importancia y repercusión científica y tecnológica, mejora prevista en la utilización de los recursos de investigación en el ámbito europeo y, cuando proceda, contribución al fomento de la innovación.
- Creará un sistema de información integrado de fácil acceso y utilización que será actualizado periódicamente, mediante el cual se facilitará información destinada a los responsables políticos, los gestores de programas y la comunidad científica.
_ Coordinación en el ámbito europeo
El objetivo que se persigue es incrementar la complementariedad y sinergia entre las acciones comunitarias emprendidas en virtud del Programa Marco y las acciones de otras organizaciones europeas de cooperación científica, así como entre las acciones de dichas organizaciones. El desarrollo de la coordinación y la colaboración permitirá una contribución más eficaz por parte de los diversos marcos de cooperación europea tanto a la coherencia global del esfuerzo investigador europeo como al establecimiento de un Espacio Europeo de Investigación.
- Actividades de cooperación científica y tecnológica realizadas dentro de otros marcos de cooperación europea
COST (cooperación europea en el campo de la investigación científica y técnica) es un mecanismo de cooperación que facilita la coordinación y los intercambios entre científicos y equipos de investigación financiados por los Estados miembros y presentes en diversos ámbitos. Para que COST siga contribuyendo de manera rentable a la coordinación de la investigación, sus acuerdos e gestión habrán de adaptarse a la nueva situación. Se procurará asimismo reforzar la cooperación entre las actividades de la Fundación Europea de la Ciencia, COST y el Programa Marco en ámbitos de interés común.
La coordinación con EUREKA se verá reforzada, con el objeto de incrementar la coherencia estratégica y la complementariedad de la financiación, en particular por lo que respecta a los campos temáticos prioritarios.
- Colaboración e iniciativas comunes entre organismos de cooperación científica europea especializados
Por lo que respecta a los organismos europeos centrados en campos concretos como, por ejemplo, CERN, AEE, ESO, OES, EMBL, ESRF e ILL la Comunidad fomentará y respaldará iniciativas específicas que tengan por objeto el incremento de la cohesión y las sinergias entre sus actividades y entre éstas y las acciones comunitarias, en especial a través del desarrollo de enfoques y acciones de naturaleza conjunta en relación con cuestiones de interés común.
Desarrollo coherente de las políticas de investigación e innovación
El objetivo es promover el desarrollo coherente de las políticas de investigación e innovación en Europa mediante la identificación precoz de los retos y los campos de interés común.
Las actividades abarcarán las siguientes áreas:
_ Análisis y estudios; tareas relacionadas con los indicadores de ciencia y tecnología, pronóstico y estadística;
_ Evaluación comparativa de las políticas de investigación e innovación en el ámbito nacional, regional y europeo;
_ Mapa de la excelencia científica y tecnológica en Europa;
_ Mejora del entorno regulador y administrativo para la investigación y la innovación en Europa.
La Comisión se encargará de implementar el programa específico mediante la redacción de un programa de trabajo a tal efecto, estableciendo detalladamente los objetivos y las prioridades tecnológicas y científicas y el calendario para su implementación. El programa de trabajo tendrá en cuenta las actividades de investigación que han realizado los Estados Miembros, Países Asociados y organizaciones europeas e internacionales, y se actualizará cuando sea necesario.
La Comisión estará asesorada por un comité. La Comisión publicará informes periódicos sobre el progreso global de la implementación del programa específico, e incluirá en ellos la información correspondiente sobre los aspectos financieros y el uso de los instrumentos. La Comisión podrá solicitar que se realice un seguimiento y una evaluación independiente del programa marco en relación con las actividades realizadas en los campos que abarca el programa específico.