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Programa de investigación y formación (Euratom) en el ámbito de la seguridad nuclear, 1990-1994

 
El programa, que forma parte del III Programa Marco para actividades comunitarias en el ámbito de la investigación y el desarrollo tecnológico (1990 a 1994), subactividad II.5.: "Energía", aprovecha y prosigue la labor realizada en virtud de los programas de protección de las radiaciones y seguridad de los reactores del II Programa Marco (1987-1991).

La investigación en el sector de la protección de las radiaciones tiene por objeto definir el alcance de la exposición y la manera en que ésta se puede producir a partir de fuentes naturales, médicas e industriales, estudiar las consecuencias para la salud, incluido el tratamiento de la sobreexposición, y evaluar los riesgos que plantean las radiaciones para el hombre y su medio ambiente. Este conocimiento científico es un requisito previo para la actualización continuada de las "Normas de seguridad básicas para la protección de la salud del público general y los trabajadores frente a los peligros de la radiación ionizante" y aportará la base científica para la evolución permanente de los conceptos y prácticas en materia de protección contra las radiaciones. Buscará asimismo la manera de mantener y potenciar los aspectos técnicos y normativos de los conocimientos prácticos en este sector y ayudará a las autoridades competentes a evaluar los efectos de las opciones a largo plazo en la política energética para el hombre y su medio ambiente, a fin de hacer frente a las situaciones operativas normales y de urgencia e informar objetivamente al público acerca de los riesgos y las ventajas de la radiación.

Se analizarán los riesgos para la salud del cierre definitivo de instalaciones, tanto para los sistemas que contienen radiactividad en el caso de un accidente grave como para las instalaciones desmanteladas o a punto de clausurarse al final de su funcionamiento normal, evaluándose asimismo los riesgos del radón para los hogares. Se investigará la manera de mejorar al máximo los procedimientos, a fin de reducir la exposición de los pacientes debida a la radiología de diagnóstico, y se formularán procedimientos de gestión para mejorar la protección contra las radiaciones en el puesto de trabajo.

La investigación sobre la seguridad de los reactores contribuirá a la evaluación de los márgenes de seguridad relacionados con el diseño y funcionamiento de las instalaciones y la adquisición de confianza en cuanto a la exhaustividad de los análisis de la seguridad y la fiabilidad de los componentes que intervienen en la prevención de los accidentes. Servirá de punto de referencia para las iniciativas en la Comunidad y de base para posibles acciones comunitarias en el futuro. Se abordarán determinados problemas fundamentales de seguridad relativos a las instalaciones futuras de energía nuclear. El trabajo también se concentrará en la contención segura de la radiactividad en condiciones de accidentes graves, particularmente con respecto a los reactores de agua ligera.

El Centro Común de Investigación (CCI) contribuirá mediante su propio programa a la realización de actividades en el sector de la seguridad de la fisión nuclear y la protección de las radiaciones.
Fomentar un enfoque armonizado en materia de seguridad de la fisión nuclear, reuniendo a todas las partes interesadas, para reforzar de esta manera la dimensión prenormativa de la investigación, sobre todo en lo que se refiere a la protección de las radiaciones y la seguridad de los reactores.
Dos sectores:

- Protección contra las radiaciones:
Suministrar conocimientos científicos para una evaluación objetiva de los efectos y los riesgos de las radiaciones y determinar métodos para conseguir una protección óptima de éstas;
. Exposición humana a las radiaciones y la radiactividad:
Preparar medios y mecanismos para medir las dosis de radiación de manera exacta y fidedigna y definir las rutas fundamentales de la radiactividad en el medio ambiente y las posibles estrategias para impedir la transferencia de radionúclidos al hombre;
. Efectos de la exposición a las radiaciones en el hombre - evaluación, prevención y tratamiento:
Determinar cuantitativamente los efectos que se producen con dosis bajas/tasas de dosis bajas (efectos estocásticos), preparar métodos para reconocer y tratar las consecuencias de los accidentes de radiación (efectos no estocásticos) y evaluar los efectos en el organismo en desarrollo;
. Riesgos y gestión de la exposición a las radiaciones:
Evaluar los riesgos globales de la exposición humana a las radiaciones y proporcionar los métodos para conseguir una protección óptima de las radiaciones y su gestión en situaciones normales y de accidente;

- Seguridad de los reactores:
Contribuir a la definición de lo que será necesario para satisfacer los requisitos de seguridad de las generaciones futuras de centrales nucleares y mejorar la confianza en los análisis de seguridad, mediante una labor de promoción de las consultas entre las partes interesadas de todos los Estados miembros de la Comunidad, incluidos los que no tienen un programa de energía nuclear:
. Análisis de la progresión de los accidentes:
Fenomenología de los accidentes graves y sus consecuencias para la contención;
. Comportamiento y calificación del sistema de contención:
Integridad del sistema de contención (ventilación, fenómenos sísmicos y otros externos, degradación de la estanqueidad debido al envejecimiento), creación de modelos y análisis de los tipos de fallos (comportamiento de materiales y estructuras, especialmente el hormigón pretensado) y calificación y márgenes de seguridad de las estructuras de contención, el equipo y los sistemas electrónicos con respecto a los accidentes graves;
. Prevención y control de los accidentes:
Interacción hombre-máquina (ayuda basada en el ordenador para operadores que se encuentran ante procedimientos complejos y situaciones nuevas) y estrategias de intervención y mitigación de los accidentes.
La Comisión se encarga de la ejecución del programa, con la asistencia de los Comités Asesores de Gestión y Coordinación apropiados.

El programa comprende proyectos de investigación y desarrollo tecnológico (IDT), medidas de acompañamiento y una acción concertada.

Los proyectos son objeto de contratos de gastos compartidos, con una participación financiera de la Comunidad que normalmente no será superior al 50%, mientras que las universidades y otros centros de investigación pueden solicitar, para cada proyecto, la financiación del 50% de los gastos totales o bien del 100% de los costes marginales adicionales. Los contratos relativos a proyectos de investigación de gastos compartidos se deberán concertar, como norma general, siguiendo un procedimiento de selección basado en convocatorias de propuestas publicadas en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. En los proyectos se deberá estipular la participación de dos socios como mínimo, independientes entre sí, establecidos en distintos Estados miembros.

Las medias de acompañamiento consisten en:
- Organización de seminarios, talleres y conferencias científicas;
Coordinación interna mediante la creación de grupos de integración;
- Programas de formación en tecnología avanzada, prestando particular atención a su carácter multidisciplinario;
- Promoción del aprovechamiento de los resultados;
- Evaluación científica y estratégica independiente del funcionamiento de los proyectos y del programa.

as acciones concertadas consisten en la actuación de la Comunidad para coordinar las distintas actividades de investigación llevadas a cabo en los Estados miembros, y pueden beneficiarse de la financiación de hasta el 100% de los gastos de coordinación.

La Comisión está autorizada a negociar, de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 101 del Tratado, acuerdos internacionales con terceros países miembros de COST, en particular los países miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) y los países de Europa central y oriental, con vistas a asociarlos al programa en su totalidad o en parte. Se podrá permitir a órganos y empresas de terceros Estados europeos, con arreglo al criterio del beneficio mutuo, participar en un proyecto realizado en el ámbito del programa.

Ningún órgano contratante establecido fuera de la Comunidad y participante como socio en un proyecto realizado en el marco del programa podrá beneficiarse de la financiación comunitaria de éste, debiendo contribuir a los costes administrativos generales.

Los fondos comunitarios que se consideran necesarios para la ejecución del programa ascienden a 65 millones de ecus, de los cuales se apartará una suma equivalente al 1% del presupuesto como contribución del programa al plan centralizado para la difusión y explotación de los resultados. Una cantidad de 5,6 millones de ecus, no inferior al 15% del total, es para financiar proyectos de fomento de investigación básica debidamente identificados como tales, una cantidad de 750.000 ecus, el 2% del total, para financiar proyectos de fomento de la formación de investigadores en los sectores comprendidos en el programa y otra cantidad de 162 millones de ecus para las actividades del Centro Común de Investigación (CCI) sobre seguridad nuclear, con la inclusión de 1,6 millones de ecus que representan la contribución del CCI a la difusión centralizada.

Los conocimientos adquiridos en el curso de los proyectos se difundirán tanto en el marco del programa como por medio del plan centralizado.

La Comisión examinará el programa durante el segundo año y enviará un informe al Parlamento Europeo, al Consejo y al Comité Económico y Social, y al final del programa un grupo de expertos independientes realizará una evaluación de los resultados conseguidos, que se presentará a los mismos órganos.