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Programa específico de investigación y desarrollo tecnológico (CEE) en el ámbito de la ciencia y la tecnología marinas, 1990-1994

 
Parte del III programa marco de actividades comunitarias en el ámbito de la investigación y el desarrollo tecnológico (1990 a 1994) bajo la subactividad II.3: "Medio ambiente", el programa es una consecuencia directa del programa piloto MAST 1989-1992. Su contenido técnico es, en términos generales, el mismo. Se han hecho modificaciones a causa de la necesidad de adoptar proyectos de investigación en gran escala con fines propios y de la posible extensión de la cobertura geográfica.
Establecer una base científica y tecnológica para la exploración, la explotación, la ordenación y la protección de las aguas costeras europeas y de los mares que rodean a los Estados miembros de la Comunidad e introducir la necesaria dimensión comunitaria en las diversas actividades de investigación en curso y conseguir un equilibrio en el potencial científico marino entre las distintas zonas de las Comunidades Europeas.
Cinco sectores:

- Ciencias marinas:
conseguir una mejor comprensión de los procesos marinos, mejorar nuestra capacidad de predecir cambios, y establecer una base científica para la ordenación, protección y explotación del entorno marino. Se fomentará la coordinación y la concertación de la participación en programas internacionales en curso (por ej. el Experimento mundial de circulación oceánica, los Estudios comunes sobre el flujo mundial de los océanos, el Programa internacional geosfera-biosfera, etc). La labor en este sector se llevará a cabo en colaboración con programas comunitarios sobre el entorno marino (por ej. STEP, EPOCH y acciones del Centro Común de Investigación) y, probablemente, con los de fuentes de energía renovables (mareas, olas, etc), acuicultura y pesca (FAR);

- Ciencia e ingeniería de las zonas costeras:
obtener un creciente nivel de comprensión de los procesos marinos que afectan las zonas costeras y del comportamiento de estructuras litorales, así como de su interacción; formular modelación numérica de los procesos costeros e integrar modelos de procesos con fines de ordenación de las costas europeas, y armonizar a escala europea conceptos de diseño de obras de ingeniería costeras. Se garantizará la coordinación con el capítulo sobre climatología del nuevo programa sobre medio ambiente;

-Tecnología marina:
fomentar las tecnologías habilitantes necesarias para el avance de las ciencias marinas y el desarrollo industrial conexo y promover el desarrollo de instrumentos nuevos y existentes, especialmente con vistas a acelerar la introducción de sistemas de medición automatizados a largo plazo y contribuir a la creación de sistemas operacionales de observación. Esta investigación va a estar coordinada con las iniciativas EUREKA en la esfera de las ciencias y la tecnología marinas y va a complementar la labor de BRITE/EURAM y ESPRIT en los aspectos de perfeccionamiento de instrumentos para ensayos de materiales, robótica e informática;

- Iniciativas de apoyo:
. establecimiento de un sistema de información y de datos oceánicos, incluido un sistema para la gestión de datos por teledetección;
. preparación de reglas y normas para la ciencia y la tecnología marinas;
. iniciativa de modelización de la coordinación, que abarca la modelización para fines de gestión;
. elaboración de un sistema piloto de comunicaciones para el intercambio de información en cruceros de investigación y en instalaciones de investigación;
. estudios sobre los requisitos científicos y de diseño de las nuevas instalaciones en gran escala;
. formación avanzada;
. nuevas orientaciones en cartografía y en estudios batimétricos/hidrográficos;

- Proyectos en gran escala con fines propios:
abordar problemas particulares que exigen un esfuerzo de investigación coordinado, en gran escala y de carácter multidisciplinario. Estos problemas podrían definirse basándose en requisitos científicos y tecnológicos o establecerse a partir de requisitos científicos de una zona geográfica particular. En los proyectos con fines propios también se tendrá en cuenta la necesidad de compensar el déficit de capacidad científica en algunos países.
La Comisión está a cargo de la ejecución del programa, asistida por un comité de carácter consultivo compuesto por representantes de los Estados miembros y presidida por un representante de la Comisión.

El programa comprende proyectos de investigación y desarrollo tecnológico (IDT), medidas de acompañamiento y acciones concertadas.

Los proyectos son objeto de contratos de gastos compartidos, en los que la participación financiera de la Comunidad por lo general no excede el 50%. Las universidades y otros centros de investigación tienen la opción de solicitar, para cada proyecto, una financiación del 50% de los gastos totales o bien del 100% de los costos marginales adicionales. Los contratos relativos a proyectos de investigación de gastos compartidos deben, por regla general, suscribirse tras un proceso de selección basado en convocatorias de propuestas publicadas en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. Los proyectos, por norma general, deben implicar la participación de por lo menos dos socios, totalmente independientes entre sí, radicados en distintos Estados miembros.

Las medidas de acompañamiento consisten en:
- la organización de seminarios, talleres y conferencias científicas;
- la coordinación interna mediante la creación de grupos de integración;
- programas de formación tecnológica avanzada, en los que se destaque sobre todo el carácter multidisciplinario;
- promoción de la explotación de los resultados;
- evaluación independiente científica y estratégica de la operación de los proyectos de investigación y del programa.

Las acciones concertadas consisten en acción comunitaria para coordinar las actividades individuales de investigación que se llevan a cabo en los Estados miembros. Estas podrán obtener una financiación del 100% de los gastos de coordinación.

De acuerdo con el artículo 130n del Tratado, la Comisión está autorizada a negociar acuerdos internacionales con terceros países que sean miembros de COST, en particular con los Estados miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) y los países de Europa Central y Oriental, con vistas a asociarlos al programa en todo o en parte.

En aquellos casos en que se hayan suscrito acuerdos marco de cooperación científica y técnica entre la Comunidad y Estados europeos no miembros, se permitirá a organismos y empresas radicados en esos países la asociación a proyectos emprendidos dentro del programa, basándose en el criterio de beneficio mutuo. Ningún organismo contratante radicado fuera de la Comunidad y que participe como socio en un proyecto iniciado dentro del programa podrá obtener financiación comunitaria para ese programa. Ese organismo deberá contribuir a los gatos administrativos generales.

La asignación presupuestaria de la Comunidad que se considera necesaria para la ejecución del programa asciende a 118 millones de ecus, de la cual una suma que representa el 1% del presupuesto está reservada como contribución del programa al proyecto centralizado para la difusión y explotación de los resultados. Por lo menos un 2% del total será destinado a la formación y un 3% a la evaluación de riesgos.

Los conocimientos que se adquieran en el curso de los proyectos se difundirán tanto dentro del programa como por medio del proyecto centralizado.

Se suministrará información específica sobre proyectos en estrecha colaboración con CORDIS (el servicio comunitario de información sobre I+D).

La Comisión va a reexaminar el programa durante el segundo año y enviar un informe al Parlamento Europeo y al Consejo. Al finalizarse el programa, un grupo de expertos independientes va a realizar una evaluación de los resultados conseguidos, que presentará a los mismos organismos.