Se necesita un «Derecho del sistema terrestre» para frenar los daños medioambientales
El Derecho ambiental internacional se ha desarrollado en los últimos cincuenta años en respuesta a las implicaciones medioambientales de la sociedad moderna. Algunos de los temas más acuciantes son la contaminación, los residuos peligrosos, la pérdida de especies y ecosistemas en peligro y los retos mundiales como el cambio climático. «La parte más trascendente del Derecho ambiental internacional son los acuerdos multilaterales sobre medio ambiente (AMUMA) adoptados por la comunidad internacional», explica Duncan French, coordinador del proyecto GLEC-LAW y profesor de Derecho Internacional en la Universidad de Lincoln (el Reino Unido). «Entre ellos se incluye, por ejemplo, el Acuerdo de París sobre el Cambio Climático de 2015». A pesar de que se han adoptado muchos AMUMA a lo largo de los años, muy pocos dudan del deterioro gradual del medio ambiente. French se propuso considerar las limitaciones actuales y empezar a redactar una visión nueva, más ambiciosa, de la función y el cometido del Derecho ambiental. «Esto es especialmente necesario en vista de los indicios cada vez más patentes de cambio medioambiental global —afirma—. Los geólogos dividen la historia de la Tierra en épocas, y muchos coinciden en que la actual es el Antropoceno». Esta era, de manera inédita, no se caracteriza por eventos geológicos, sino por la propia humanidad. «En otras palabras, nuestras acciones influyen en lo más básico de la Tierra y en su complejo sistema, y esto puede apreciarse en la geología del planeta».
Límites de los métodos actuales
GLEC-LAW, se puso en marcha en enero de 2018, y permitió a French examinar los aspectos jurídicos relativos al Antropoceno. La investigación se llevó a cabo con el apoyo del programa de acciones Marie Skłodowska-Curie. «Nuestros hallazgos sacaron a la luz carencias operativas en el Derecho ambiental internacional— afirma French—. Entre ellas los distintos grados de cumplimiento, la ausencia de voluntad política y el escaso apoyo económico y técnico, sobre todo en países en vías de desarrollo». En colaboración con Louis Kotzé, catedrático de Derecho del Sistema Terrestre en la Universidad de Lincoln, French identificó tensiones fundamentales adicionales. French explica que el Derecho ambiental internacional, con sus luces y sombras, lo crearon los mismos países responsables de la crisis actual. Por tanto, contiene contradicciones, como una atención mayor en el bienestar económico en detrimento de los objetivos medioambientales.
Replantear el Derecho ambiental
Los resultados de French y Kotzé apuntan a la necesidad de proponer un replanteamiento completamente nuevo del objetivo de la legislación en cuestiones medioambientales. «Precisa reflejar mejor la urgencia de la situación y dar respuesta a los retos que plantea el Antropoceno —insiste French—. La legislación estatal tradicional no es suficiente». Uno de los resultados más importantes del estudio fue la redacción del concepto de «Derecho del sistema terrestre». «Consideramos que es una forma de legislación medioambiental innovadora para el Antropoceno», comenta French. «El objetivo es trascender los intereses de cada Estado y avanzar hacia un marco normativo universal, que encapsularía unos conceptos más amplios de asistencia, responsabilidad e integridad ecológica». Kotzé mantiene que el Derecho del sistema terrestre precisaría ser suficientemente receptivo, lo cual podría lograrse mediante el fomento de instituciones y normas jurídicas capaces de adaptarse al cambio. Dicha labor debería tener un empuje descendente por medio de la jurisdicción nacional y contar con la participación de una amplia gama de agentes, todos capaces de trabajar con flexibilidad.
Palabras clave
GLEC-LAW, ecológico, medioambiental, AMUMA, ecosistemas, contaminación, Tierra, Antropoceno, cambio climático