Medidas específicas de apoyo a la cooperación internacional: Actividades específicas que abarcan un campo de investigación más amplio del programa 2002-2006 de ''''Concentración e Integración de la Investigación Comunitaria''''.
- Ayudar a los investigadores europeos, las empresas y los centros de investigación de la Unión y de los países asociados al Programa Marco a acceder a los conocimientos y competencias existentes en otros lugares del mundo.
- Contribuir a garantizar una participación sólida y coherente de Europa en las iniciativas de investigación realizadas a nivel internacional.
- Respaldar, en el ámbito científico y tecnológico, la aplicación de las políticas comunitarias exterior y de ayuda al desarrollo.
El objetivo general de las actividades de cooperación internacional del Programa Marco es contribuir a la apertura al mundo del Espacio Europeo de Investigación.
El programa 'Concentración e Integración de la Investigación Comunitaria' comprende siete prioridades temáticas. Sus actividades estarán abiertas a la participación de investigadores e instituciones de terceros países.
% Las prioridades de investigación de esta categoría de actividades se definirán en función de los intereses y objetivos de la asociación política de la Comunidad con los distintos grupos de países, así como de las necesidades económicas y sociales particulares de éstos. En particular, podrán incluir:
- Para los terceros países mediterráneos, y al servicio del desarrollo de la asociación euromediterránea, los problemas de medio ambiente, salud, hidrología y protección del patrimonio cultural.
- Para Rusia y otros NEI, estabilización del potencial de I+D, cuestiones vinculadas a los cambios del sistema de producción industrial, protección del medio ambiente y de la salud, y cuestiones relacionadas con la seguridad.
- Para los países en desarrollo, los problemas de salud y salud pública, seguridad alimentaria y explotación racional de los recursos.
Las medidas específicas de apoyo a la cooperación internacional se desarrollarán al servicio de las políticas comunitarias exterior y de ayuda al desarrollo.
Estas actividades específicas estarán referidas a tres grupos de países:
- países mediterráneos incluidos los Balcanes Occidentales;
- Rusia y otros NEI, en concreto actividades desarrolladas a través de la Asociación Internacional para la Promoción de la Cooperación con Científicos del los NEI (INTAS);
- otros países en desarrollo.
Estas medidas específicas se realizarán de manera complementaria a la participación de investigadores y entidades de estos países en las redes de excelencia y en los proyectos integrados, que también están abiertos a su participación, en los que intervendrán de forma variable según los temas y los países.
Estas actividades se llevarán a cabo mediante proyectos de investigación, desarrollo tecnológico y demostración de envergadura limitada, acciones de coordinación de los esfuerzos nacionales y, cuando resulte necesario, medidas de apoyo específicas. En el caso de las actividades de cooperación con Rusia y otros NEI, se llevarán a cabo en particular a través de la estructura INTAS, instaurada conjuntamente por la Comunidad y los Estados miembros. En los tres casos, uno de los objetivos esenciales será el de ayudar a reforzar, estabilizar, desarrollar o adaptar los sistemas locales de investigación.
En esta perspectiva, en las actividades del Programa Marco se tratará de reforzar la coordinación y la complementariedad con las acciones apoyadas por instrumentos financieros tales como:
- el programa MEDA (terceros países mediterráneos)
- el programa TACIS (Rusia y otros NEI)
- los fondos FED (Fondo Europeo de Desarrollo) y ALA (América Latina-Asia) en el de los países en desarrollo.
Estas acciones podrán ayudar al desarrollo en estos países de recursos humanos para la investigación, infraestructuras de investigación y capacidades relacionadas con la innovación y explotación de los resultados.
La Comisión se encargará de implementar el programa específico. La Comisión redactará un programa de trabajo a tal efecto, estableciendo detalladamente los objetivos y las prioridades tecnológicas y científicas y el calendario para su implementación. El programa de trabajo tendrá en cuenta las actividades de investigación que han realizado los Estados Miembros, Países Asociados y organizaciones europeas e internacionales, y se actualizará cuando sea necesario.
La Comisión estará asistida por un comité consultivo. La Comisión publicará informes periódicos sobre el progreso global de la implementación del programa específico, proporcionando información sobre los aspectos financieros y el uso de los instrumentos. La Comisión podrá solicitar que se realice un seguimiento y una evaluación independiente del programa marco en relación con las actividades realizadas en los campos que abarca el programa específico.
Cuando un proyecto reciba el máximo de cofinanciación autorizado por el Programa Marco o una subvención global, podrá concederse una contribución suplementaria de los Fondos Estructurales. En caso de que participen entidades de los países candidatos a la adhesión, podrá concederse una contribución suplementaria de los instrumentos financieros de preadhesión en condiciones similares. Cuando participen organizaciones de países mediterráneos o en desarrollo, podría preverse una contribución del Programa MEDA y de los instrumentos financieros de ayuda comunitaria al desarrollo.
Durante la aplicación del presente programa y en las actividades de investigación consiguientes se respetarán los principios éticos fundamentales. Entre ellos figuran los principios reflejados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, que incluyen los siguientes: la protección de la dignidad y la vida humanas, y la protección de los datos personales y la intimidad, así como de los animales y el medio ambiente, de conformidad con la legislación comunitaria y los convenios y códigos de conducta internacionales. Se tendrán igualmente en cuenta los dictámenes del Grupo Europeo de Asesores sobre las implicaciones éticas de la Biotecnología (1991 - 1997) y los dictámenes del Grupo Europeo sobre Ética de la Ciencia y las Nuevas Tecnologías (a partir de 1998).